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Dr. Daniel Arnaiz Boluda

Dr. Daniel Arnaiz Boluda, profesor de Economía y Empresa de la Universidad Europea

Así es, como se dice en el título, aunque bien me gustaría poder decir lo contrario. Esta caída de la tasa de inflación supone una relativa disminución del aumento de los precios; pero, por el contrario, ello no se puede interpretar como una disminución de los precios. Siempre que la tasa de inflación sea positiva estaremos ante incrementos, y sólo en el caso de que tuviera signo negativo se trataría de disminución de precios (deflación).

Además, nótese que se ha aludido a la «relativa» disminución en el aumento de los precios, puesto que estamos hablando en términos porcentuales. Dado el largo periodo que estamos sufriendo con altos incrementos de la inflación, ésta está viendo su porcentaje disminuido, aunque en términos absolutos siga aumentando en las mismas cuantías. Es decir, si el precio de un producto que vale 1 aumenta en un 10 %, valdrá 1,10 habiendo aumentado en 0,10. Si en el siguiente periodo vuelve a aumentar en 0,10 lo ha hecho en la misma cuantía y, sin embargo, porcentualmente ha caído al 9 %.

Por esta misma razón la tasa de inflación va a seguir disminuyendo en los próximos meses, lo que no se traduce en la práctica en una disminución en términos absolutos. No obstante, es inevitable que ante tanta subida de los precios el consumo disminuya, lo que producirá una autocorrección en los precios ante la caída de la demanda; pero ésta no tiene por qué ser lo suficientemente intensa como para disminuir los precios en el futuro, pues el aumento de los costes de producción sigue teniendo lugar. Lo que sí es incuestionable es que a medio plazo se producirá una paralización de la economía de indeterminada duración.

En este punto conviene hacer una puntualización, pues la culpa de la inflación no la tiene en todo el incremento de los precios en el mercado, sino también en un alto porcentaje el aumento indirecto de los impuestos. El hecho de establecer impuestos porcentuales sobre los precios de los productos hace que sin aumentar el tipo impositivo cuando aumenta el precio de los productos también lo hacen los impuestos si no se corrigen los porcentajes de gravamen. Por tanto, gran parte de la culpa de la inflación la tiene el sistema fiscal porcentual.

A día de hoy, con la integración de España en la Unión Monetaria, se cedió la soberanía sobre la política monetaria al BCE, y éste es el que debe aplicar la política más adecuada para la corrección de la inflación. En la última década, con el lema «lo que haga falta» se aplicó una política extrema que nunca en toda la historia de la economía se había dado: los tipos de interés negativos. Ello se tradujo (y a día de hoy todavía sigue viéndose) en una situación fuera de lugar: los prestatarios pagaban intereses por sus deudas con el banco, y los depositantes pagaban intereses en forma de comisiones por depositar su dinero en el banco (algo que es de obligado cumplimiento so pena de presunción de culpabilidad por blanqueo de capitales). Así, con unos y con otros las entidades financieras siempre ganaban. Esta situación mantenida durante tantos años ha permitido que se acumulen las consecuencias que hoy día estamos sufriendo: un incremento descontrolado de la inflación.

Ha día de hoy, con la nueva presidenta del BCE se ha corregido esta política haciendo uso más lógico del instrumento de la política monetaria aumentando los tipos de interés. Sin embargo, el efecto esperado está sufriendo un cierto retardo, pues los bancos están aumentando los intereses variables; pero, por el contrario, están retrasando el aumento de los intereses a sus depositantes. Así, el efecto esperado con la nueva política monetaria se retrasa y la corrección de la inflación no es tanta como cabría esperar.
Adicionalmente, la política monetaria en sí misma es muy tímida. Si se pretende combatir una inflación del 10 % la subida de los tipos de interés debe ser en la misma proporción. De lo contrario, lo único que se consigue es aparentar el control de una situación descontrolada.

Por último, cabe destacar que toda esta situación tendrá un efecto negativo en la vivienda. Si bien los precios en general aumentan no será así con el precio de la vivienda como consecuencia del aumento de los tipos de interés. Debido a que para la gran mayoría de adquisiciones se requiere del préstamo hipotecario para contar con poder adquisitivo, primero los bancos y luego los propios compradores limitarán la compra inmobiliaria con el encarecimiento de dichos préstamos, lo que producirá, si no se está observando ya, una caída de la demanda y en consecuencia una disminución de los precios.

Sin embargo, como jurista, debo recordar que existen instrumentos jurídicos que permiten la adquisición de vivienda sin necesidad de hipoteca con la mera financiación de particular a particular, algo que descongestionaría considerablemente el mercado de la vivienda y permitiría al vendedor consumar un negocio financiero a parte del inmobiliario, y ello con todas las garantías jurídicas para el vendedor.