José Carlos Cano

José Carlos Cano

Presidente de Foro Europa Ciudadana

Cuando allá por el mes de mayo y junio empezamos a ver anuncios variopintos de marcas de cervezas en televisión, sabemos en España que ha llegado el buen tiempo. Desde campañas creativas hasta anuncios simplemente frescos que animan a su consumo por su refrescante sabor. Pero, curiosamente, los españoles solo veremos anuncios de este tipo de bebidas y de otras similares como la sidra, el vino y el cava. ¿El motivo? El artículo 5.5 de la Ley General de Publicidad prohíbe expresamente la publicidad de bebidas en televisión con una graduación alcohólica superior a los 20 grados. Es decir, la mayoría de las marcas de bebidas destiladas, como por ejemplo el ron o los licores, no pueden anunciarse de ninguna manera en el medio televisivo. 

La Ley General de Publicidad data de 1988, año en el que Pedro Delgado ganó el Tour de Francia o Julio Anguita fue nombrado Secretario General del Partido Comunista de España. Un contexto radicalmente distinto al actual. Desde entonces, España es un caso único en toda Europa al discriminar la publicidad de alcohol en televisión en función de su graduación, tal y como subrayamos en el informe “La regulación de la publicidad en TV en la Unión Europea: el caso español” elaborado por Europa Ciudadana, organismo que presido. Por lo tanto, desde hace 32 años, la regulación española en materia publicitaria discrimina a un producto de la misma categoría frente a otro sin ninguna base científica y de forma arbitraria, puesto que la distinción de 20 grados no responde a ninguna evidencia médica ni clínica.

Por este motivo, la trasposición de la Directiva Europea de Servicios Audiovisuales que debe realizar el Gobierno es una oportunidad de oro para adaptar al ordenamiento jurídico español las normas que afectan al sector de la publicidad en televisión equiparándolas con el Derecho Europeo y los ordenamientos jurídicos de la mayoría de los estados miembros de la UE. Todo ello con el objetivo final de terminar así con la discriminación que en materia de publicidad en televisión sufren algunos productos de consumo y que es una anomalía en Europa. 

Desde Europa Ciudadana abogamos por poner fin a la singularidad española de la Ley de Comunicación Audiovisual. La distinción de las bebidas alcohólicas en función de su contenido alcohólico no está recogida en la normativa europea ni tampoco la gran mayoría de los estados miembros de la UE incluyen en su regulación un precepto de este tipo. Es un hecho singular y arbitrario del ordenamiento jurídico español que resulta incompatible con el derecho a la libertad de expresión, el principio de libertad de empresa y el principio de unidad de mercado.

La actual normativa y las medidas restrictivas en contra de las bebidas alcohólicas según su graduación no responden al interés público ni a la protección de la salud o del consumidor, sino que afectan gravemente a los derechos fundamentales de las marcas anunciantes y de los propios consumidores.

Todas las bebidas alcohólicas contienen el mismo tipo de alcohol, el etanol, por lo que las medidas en favor de la salud pública deberían dirigirse a reducir el consumo de cualquier tipo de estas bebidas en lugar de restringir su publicidad en televisión u otros espacios. Lo importante para la salud sería focalizarse en analizar la cantidad de alcohol que se bebe, en lugar de centrar los esfuerzos y discriminar según los tipos de bebida.

¿Cómo regulan otros países?

En Europa Ciudadana hemos establecido una comparativa entre las distintas regulaciones de países europeos. Grecia, Portugal, Alemania, Holanda e Italia compaginan los objetivos regulatorios de la nueva Directiva de Comunicación Audiovisual estableciendo limitaciones por horarios y audiencias sin discriminar a un producto alcohólico frente a otro en función de su graduación. 

Si España decidiera mantener esta discriminación, el Estado podría incurrir en graves responsabilidades no solo ante la jurisdicción española, dado que afecta a derechos fundamentales susceptibles de amparo, sino también ante la jurisdicción española. Asimismo, ante la crisis económica provocada por la Covid-19, el Gobierno debiera aprovechar para que la nueva regulación publicitaria sea más flexible y permita al sector de la publicidad, que cuenta con mecanismos eficaces de autorregulación, contribuir a la recuperación económica de España.