El Supremo considera usura las tarjetas revolving con intereses superiores al 20 %

Actualidad | España | Redacción | 5 de marzo de 2020

Tribunal Supremo

Los magistrados del Tribunal Supremo consideran que los contratos de las tarjetas revolving que apliquen tipos de interés superiores al 20 % son usurarios y deben ser anulados.

El Alto Tribunal sienta así jurisprudencia con una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank con una TAE inicial del 26,82% y que llega desde la Audiencia Provincial de Santander.

El artículo 1 de la Ley de Usura, que data de 1908, determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés muy superior al normal del dinero y desproporcionado.

Las tarjetas revolving son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas, pero su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.

Los intereses tan altos que finalmente se tienen que pagar han provocado una sucesión de demandas en los juzgados. Por eso, con el fallo de hoy, el Tribunal Supremo marca el devenir de las futuras sentencias por este producto.